Números 35:1
El Señor habló a Moisés en las llanuras de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, y le dijo:
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34 versículos | Biblia BibleGuided — Español
El Señor habló a Moisés en las llanuras de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, y le dijo:
Ordena a los israelitas que, del territorio que les corresponde, den a los levitas ciudades donde puedan vivir, y que también les den los campos de pastoreo que rodean esas ciudades.
Los levitas vivirán en esas ciudades, y en los campos tendrán su ganado y sus demás animales.
Los campos de pastoreo que deben darles se extenderán alrededor de la ciudad, cuatrocientos cincuenta metros hacia afuera desde la muralla.
Todo el terreno formará un cuadrado de novecientos metros por lado; es decir, medirá lo mismo por el este y por el oeste, por el norte y por el sur. La ciudad quedará en medio, rodeada por los campos de pastoreo.
De las ciudades que den a los levitas, seis serán ciudades de refugio, donde pueda buscar protección la persona que haya matado a alguien. Además de estas seis ciudades, ustedes les darán otras cuarenta y dos;
en total, deben dar a los levitas cuarenta y ocho ciudades con sus campos de pastoreo.
Cuando den ciudades para los levitas tomadas del territorio propio de los israelitas, cada tribu deberá dar en proporción a lo que le haya tocado: de los territorios más grandes se tomarán más ciudades y de los más pequeños, menos ciudades.
El Señor habló a Moisés y le dijo:
Di lo siguiente a los israelitas: Cuando ustedes crucen el río Jordán para entrar en Canaán,
deberán escoger algunas ciudades como ciudades de refugio, donde pueda refugiarse la persona que haya matado a otra sin intención.
Allí quedará a salvo del pariente del muerto que quiera vengarlo, y no morirá hasta que se haya presentado ante el pueblo para ser juzgado.
De las ciudades dadas, seis serán ciudades de refugio:
tres al oriente del Jordán y tres en Canaán.
Estas seis ciudades serán ciudades de refugio tanto para los israelitas como para los extranjeros que vivan o estén de paso entre ustedes. Allí podrá refugiarse todo el que haya matado a otra persona sin intención.
Si alguien hiere a otro con un objeto de hierro y el herido muere, se trata de un asesinato, y el asesino será condenado a muerte.
Si alguien golpea a otro con una piedra capaz de causar la muerte y el golpeado muere, se trata de un asesinato, y el asesino será condenado a muerte.
Si alguien golpea a otro con un palo capaz de causar la muerte y el golpeado muere, se trata de un asesinato, y el asesino será condenado a muerte.
El pariente más cercano del muerto se encargará de dar muerte al asesino cuando lo encuentre.
Si alguien empuja a otro por odio o le lanza algún objeto con malas intenciones,
o si por enemistad lo golpea con las manos y el otro muere, el culpable será condenado a muerte porque es un asesino. El pariente más cercano del muerto se encargará de dar muerte al asesino cuando lo encuentre.
Pero si alguien empuja a otro accidentalmente, y no por enemistad, o si le lanza algún objeto sin mala intención,
o si, sin fijarse, lanza una piedra capaz de causar la muerte, y la piedra le cae encima y lo mata, sin que ellos fueran enemigos ni quisiera él hacerle daño,
entonces el pueblo actuará como juez entre el que causó la muerte y el pariente que quiera vengar a la víctima, conforme a estas reglas.
El pueblo deberá proteger de la venganza del pariente al que causó la muerte y deberá hacer que vuelva a la ciudad de refugio donde había buscado refugio. El que mató deberá quedarse allí hasta que muera el sumo sacerdote debidamente consagrado.
Pero si sale del territorio de la ciudad de refugio,
el pariente de la víctima no cometerá ningún crimen si lo encuentra fuera y lo mata.
El que mató deberá quedarse en la ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Después podrá volver a su tierra.
Estas disposiciones serán para ustedes una ley que pasará de padres a hijos, dondequiera que vivan.
Un asesino solo podrá ser condenado a muerte por el testimonio de varios testigos. Un solo testigo no basta para condenar a muerte a nadie.
No se podrá aceptar dinero como rescate por la vida de un asesino condenado a muerte; ese hombre deberá morir.
No se podrá aceptar dinero para permitir que un asesino que haya buscado refugio en una de las ciudades señaladas regrese a su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.
No profanen con asesinatos el país donde van a vivir, porque el asesinato profana el país, y no hay otro rescate por un asesinato que la muerte de quien lo cometió.
No profanen la tierra donde van a vivir y donde yo también viviré, pues yo, el Señor, vivo entre los israelitas.
Las tribus deben dar a los levitas cuarenta y ocho ciudades con campos de pastoreo, en proporción al tamaño de sus territorios.
Seis ciudades ofrecen protección a quien haya causado una muerte sin intención, mientras el caso es presentado ante el pueblo para ser juzgado.
El capítulo diferencia los actos realizados con odio o malas intenciones de los accidentes sin enemistad ni deseo de hacer daño.
La condena a muerte requiere el testimonio de varios testigos, y no se permite usar dinero para evitar la sentencia o acortar el tiempo de refugio.
El discurso ocurre en las llanuras de Moab, frente a Jericó, cuando Israel se prepara para cruzar el Jordán y entrar en Canaán. Los levitas no reciben un territorio tribal como las demás tribus; por eso se les asignan ciudades y campos de pastoreo dentro de los territorios israelitas. En una sociedad donde el pariente más cercano podía buscar justicia por la muerte de un familiar, las ciudades de refugio ofrecían protección temporal y permitían que el caso fuera examinado por la comunidad. Tres ciudades estarían al este del Jordán y tres en Canaán, y estarían disponibles tanto para israelitas como para extranjeros residentes o de paso.
El capítulo se organiza en cuatro movimientos: la asignación de ciudades y campos a los levitas (1-8); la institución y ubicación de las ciudades de refugio (9-15); los criterios para distinguir asesinato de muerte accidental y el procedimiento correspondiente (16-28); y las normas sobre testigos, rescate, contaminación de la tierra y la presencia del Señor (29-34). La repetición de expresiones sobre la muerte, la venganza y la tierra conecta la justicia individual con la responsabilidad de toda la comunidad.
El capítulo afirma el valor sagrado de la vida humana y muestra que la justicia debe considerar tanto la intención como las circunstancias de una muerte. La protección para quien actuó sin intención limita la venganza inmediata, pero no elimina la responsabilidad ni el juicio comunitario. La exigencia de varios testigos y la prohibición de sobornos subrayan la importancia de un proceso justo. Al final, la santidad de la tierra está relacionada con la presencia del Señor entre su pueblo: la violencia no es solo un daño privado, sino una herida que afecta a toda la comunidad.
Este capítulo reconoce que la violencia, la pérdida y el temor a la venganza pueden afectar profundamente a las personas y a las comunidades. Su distinción entre intención y accidente puede ayudar a pensar con mayor claridad en medio del dolor, sin negar la gravedad de la muerte ni la necesidad de justicia. La imagen de la ciudad de refugio también comunica la importancia de contar con espacios seguros y con procesos confiables cuando existe peligro. La fe puede acompañar el duelo y la búsqueda de justicia, pero no sustituye la ayuda profesional, la protección inmediata ni los procedimientos legales.
El capítulo invita a las comunidades a proteger la vida, establecer procesos imparciales y diferenciar los hechos antes de juzgar. En la práctica, esto implica no difundir acusaciones sin evidencia, escuchar a las personas afectadas, buscar ayuda cuando hay riesgo y dejar la investigación a las autoridades correspondientes. También anima a crear redes de apoyo para quienes atraviesan duelo, trauma o conflictos graves, y a tratar los espacios compartidos con responsabilidad, reconociendo que la violencia afecta a familias, comunidades y relaciones enteras.
Eran seis ciudades designadas para proteger a quien hubiera causado una muerte sin intención. La persona debía permanecer allí mientras el pueblo examinaba el caso y, si correspondía, hasta la muerte del sumo sacerdote.
Los levitas recibieron cuarenta y ocho ciudades con sus campos de pastoreo. Seis de esas ciudades funcionaban también como ciudades de refugio.
Podía acudir cualquier persona que hubiera matado a otra sin intención, incluyendo israelitas y extranjeros que vivieran o estuvieran de paso entre el pueblo.
Consideraba asesinato el acto realizado con odio, enemistad o malas intenciones, especialmente cuando se usaba un objeto capaz de causar la muerte. En cambio, describía como accidental una muerte ocurrida sin enemistad ni intención de hacer daño.
El capítulo exige el testimonio de varios testigos para una condena a muerte, estableciendo una protección contra acusaciones insuficientemente comprobadas.
Significa que el derramamiento de sangre afectaba a toda la comunidad y al lugar donde el Señor habitaba en medio de Israel. Por eso la violencia exigía una respuesta seria de justicia.
Números 35 reconoce el peso del duelo, el miedo y la necesidad de un lugar seguro después de una muerte. La ciudad de refugio muestra que la protección y un proceso justo importan, incluso en medio de un dolor intenso. El capítulo no minimiza la pérdida; sostiene que la comunidad debe cuidar la vida y contener la venganza.
La estructura del capítulo combina legislación territorial, procedimiento judicial y teología de la presencia divina. Su distinción central no es entre una muerte importante y otra menos importante, sino entre intención, circunstancias y responsabilidad. La exigencia de varios testigos, la ausencia de rescate económico y la protección temporal del acusado forman un sistema que busca impedir tanto la impunidad como la venganza inmediata.
El capítulo presenta principios comunitarios concretos: distribuir recursos de manera proporcional, crear espacios de protección, investigar antes de condenar y evitar que el dinero compre excepciones a la justicia. Aplicados con prudencia, estos principios animan a establecer límites claros, acudir a las autoridades apropiadas y construir redes confiables para responder a conflictos, pérdidas y situaciones de peligro.
La presencia del Señor en medio de su pueblo da profundidad espiritual a estas normas: la vida humana no es desechable y la violencia nunca es un asunto puramente privado. La ciudad de refugio puede contemplarse como una señal de que la justicia necesita espacio para actuar sin quedar dominada por la furia. El capítulo llama a una reverencia concreta, visible en la defensa de la vida y en la responsabilidad compartida.
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